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Informe Semanal de Monitoreo Legal y Regulatorio Pesquero

  • Foto del escritor: Manriquez y cia Abogados Pablo Manriquez Diaz
    Manriquez y cia Abogados Pablo Manriquez Diaz
  • 16 dic 2025
  • 10 Min. de lectura

 

Período: 8 al 14 de diciembre de 2025


Esta semana dejó señales bien claras: se cerró 2025 con ajustes operativos, y al mismo tiempo se empezó a escribir 2026 en piedra. ️⚓️🧭

 

Pero hubo un “capítulo aparte” que se robó la atención regulatoria: Aysén reabrió la teleserie ECMPO.. Aprovechamos la contingencia para dar nuestra opinión y agradecer a los medios por haberla considerado, en especial a El Mercurio - Economia y Negocios.🌊⚖️

 

Por su parte, Subpesca fijó las cuotas 2026 de anchoveta y sardina común, consolidando un reparto que cambia el equilibrio entre actores.🐟📌

 

También se ordenó la temporada 2026 del langostino amarillo, y se habilitó una ventana clave para terminar el año con faenas de lunes a domingo en Ñuble–Biobío.

 

En paralelo, la fiscalización mostró dientes: huiro negro en veda con sanción efectiva (multa, clausura y destrucción), mientras en Atacama se reforzó la trazabilidad para ordenar el “ruido” de las algas varadas.🚨🌿

 

Y en el Congreso, avanzaron dos discusiones que vienen marcando agenda: Ley Lafkenche (admisibilidad/suspensión) y el corazón artesanal de la nueva LGPA (registro + 5 millas).🏛️⚖️

 

Abajo va el desglose con “qué cambió”, “a quién afecta primero” y dónde se pueden abrir fricciones regulatorias en las próximas semanas.

 

¡Vamos con los detalles!

 

 Cuotas 2026 de anchoveta y sardina común fortalecen la fracción artesanal

 

El Decreto Exento N.º 202500252, de 9 de diciembre, fijó las Cuotas Globales de Captura 2026 para la pesquería de anchoveta (225 849 t) y sardina común (213 800 t) El decreto reserva el 90 % de las cuotas para la fracción artesanal y sólo el 10 % para la fracción industrial, aplicando por primera vez la Ley 21.752 de fraccionamiento. Se consideran 5 % del total para fines de investigación y “cuota de imprevistos”. La distribución regional se realizará por resolución posterior, y se autoriza un by‑catch de hasta 20 t fuera de la macro‑zona. El decreto exige que Sernapesca controle el cumplimiento y que cualquier captura incidental fuera de los límites se descuente de las cuotas correspondientes.

 Impacto: La definición anticipada de cuotas otorga certeza para la planificación de la temporada 2026 y consolida el mayor acceso artesanal prometido por la nueva ley. Reservar el 90 % para artesanales significa un reequilibrio histórico en favor de las caletas, con efectos en empleo y abastecimiento local. La obligación de distribuir regionalmente mediante resolución separada mantiene abierta la discusión sobre la asignación territorial fina, mientras que los límites de by‑catch y la cuota de investigación refuerzan la base científica y el control de sostenibilidad.

 

 Fijan cuota global de langostino amarillo con reparto regional y márgenes de pesca incidental

 

A través del Decreto Exento N.º 202500253, también fechado el 9 de diciembre, Subpesca estableció la Cuota Global de Captura 2026 de langostino amarillo (Cervimunida johni) en 2 656 t, de las cuales 2 596 t corresponden a la cuota objetivo y 25 t a captura incidental. El decreto distribuye el volumen en dos macro‑zonas: Valparaíso–Los Lagos (1 051 t más 117 t de imprevistos) y Maule–Ñuble–Biobío (1 285 t más 143 t de imprevistos). Además, autoriza 5 t de pesca incidental de camarón nailon en el subsector de Valparaíso y 16 t de merluza común y chilena como by‑catch en la pesquería de langostino. La cuota de investigación se fijó en 20 t, y Sernapesca deberá vigilar la imputación de capturas y el reporte de desembarques.

 Impacto: Este decreto define con precisión la explotación del langostino amarillo para 2026, otorgando certezas a la flota de arrastre y reduciendo riesgos de sobrepesca. La segmentación regional y la separación de cuotas para imprevistos facilitan el ajuste a fluctuaciones del recurso y habilitan maniobras de redistribución intra‑anual. Las cuotas de by‑catch y de investigación permiten compatibilizar la pesquería principal con otras pesquerías y con las necesidades de monitoreo científico.

 

 Flexibilizan días de operación para anchoveta y sardina en Ñuble y Biobío

 

Mediante la Resolución Exenta N.º 2765-2025 del 10 de diciembre, Subpesca modificó la Resolución 2986‑2024 para permitir que la flota de anchoveta y sardina común de las regiones de Ñuble y Biobío opere todos los días de la semana hasta el 31 de diciembre de 2025. La solicitud fue presentada por el comité de manejo respectivo para asegurar el uso íntegro de las cuotas disponibles y evitar que remanentes queden sin capturar. La normativa extiende la autorización a los días domingo, antes excluidos, manteniendo el control de desembarques y el registro electrónico de faenas.

 Impacto: La medida otorga mayor flexibilidad a la flota de cerco en el cierre de la temporada, evitando perdidas de cuota y reduciendo riesgos de descarte. Al abrir la operación a siete días, se responde a la presión de los armadores artesanales e industriales locales por aprovechar al máximo las cuotas, aunque aumentará la exigencia de fiscalización diaria por parte de Sernapesca para controlar esfuerzos y evitar sobreexplotación.

 

 No imputan al cupo anual toneladas de huiro varado en Atacama

 

La Resolución Exenta N.º 2764-2025, dictada el 10 de diciembre, aplicó el último inciso del artículo 3 de la Ley General de Pesca y Acuicultura en la Región de Atacama. Debido a marejadas que vararon grandes volúmenes de huiro negro (Lessonia spicata) y huiro palo (Lessonia trabeculata), la resolución autorizó que dichos volúmenes no se imputen al cupo anual. Se consignan 153 t de huiro palo en Chañaral, 1 616 t de huiro negro y 333 t de huiro palo en Copiapó, y 2 798 t de huiro negro en Huasco. Sernapesca deberá registrar estas extracciones en una categoría separada y actualizar los saldos de las cuotas en el sistema de administración; cualquier extracción adicional fuera de lo autorizado será sancionada.

 

 Impacto: Al excluir las toneladas de algas varadas del cómputo anual, la autoridad reconoce la afectación natural del recurso y evita penalizar a los recolectores por fenómenos climáticos. La decisión permite que las organizaciones recolectoras recuperen el recurso sin agotar su cuota y, al mismo tiempo, obliga a Sernapesca a reforzar la trazabilidad mediante un registro independiente, lo que incrementará la transparencia y reducirá incentivos a declarar capturas ilegales como “varadas”.

 

 Renuevan comités de manejo en Biobío y Arica‑Parinacota

 

La Subsecretaría designó miembros del sector privado en dos comités de manejo. La Resolución Exenta N.º 2798‑2025(11 de diciembre) nombró a ocho buzos mariscadores en el Comité de Manejo de huepo, navajuela y taquilla para el Golfo de Arauco (Región del Biobío), constatando que solo se presentaron hombres por lo que, pese a la Ley 21.651 de paridad, no se pudo cumplir con la cuota de género. La norma declara vacante un cupo y abre un periodo extraordinario de 30 días para postular al décimo integrante. Por su parte, la Resolución Exenta N.º 2771‑2025 (11 de diciembre) nombró a dos representantes en el Comité de Manejo de Recursos Bentónicos de Arica y Parinacota, dejando seis cupos vacantes y habilitando un periodo extraordinario de 30 días para completar la nómina. Ambas resoluciones fijan un mandato de cuatro años para los designados y exigen que los representantes provengan de organizaciones inscritas en los registros artesanales.

 Impacto: La renovación de comités actualiza la representación artesanal en los órganos de cogestión, fundamentales para fijar tallas mínimas, vedas y cuotas regionales. La designación de solo hombres en Biobío evidencia las dificultades para cumplir la paridad, mientras que los cupos vacantes en Arica‑Parinacota muestran desinterés o falta de organización local. La apertura de procesos extraordinarios invita a que más sindicatos y cooperativas participen y asegura que las decisiones de manejo incorporen diversidad territorial y de género.

 

 Sernapesca ejecuta fallo contra planta por posesión de huiro negro en veda

 

El 10 de diciembre, la Dirección Regional de Sernapesca Antofagasta informó haber ejecutado un fallo del Juzgado de Letras de Tocopilla que condenó a una planta transformadora de algas por almacenar cinco toneladas de huiro negro extraído ilegalmente durante la veda y mediante la práctica de “barreteo”. El fallo, dictado el 14 de octubre y ejecutoriado el 4 de diciembre, impuso multas por 287,45 UTM (≈ 19,99 millones de pesos), el cierre del establecimiento por 10 días y la incautación y destrucción del recurso. Sernapesca destacó que el caso se originó en una fiscalización en enero de 2025 y que la planta reincidió en la extracción de algas en veda, lo que agravó la sanción.

 Impacto: Este caso ejemplifica la capacidad sancionadora de Sernapesca cuando el Poder Judicial confirma infracciones. La multa y el cierre temporal envían una señal disuasiva a otras plantas y operadores que persisten en la extracción de algas en veda, recurso crucial para la cadena alimentaria y la biodiversidad de la zona norte. Al publicitar el cumplimiento del fallo, Sernapesca refuerza su legitimidad institucional y subraya la necesidad de combatir la pesca y recolección ilegal con sanciones efectivas.

 

 Ordenamiento productivo-territorial: nuevas áreas de manejo bentónicas

 

Por decreto de 09-12-2025, se estableció el AMERB Punta Plata Sector A (Región de Antofagasta), disponiendo que organizaciones artesanales puedan optar y que Sernapesca solicite la destinación al Ministerio de Defensa una vez publicado.

En la misma fecha, se estableció el AMERB Isla San Andrés Sector B (Región de Aysén), bajo reglas equivalentes de acceso organizacional y destinación.

 

 Impacto: Estos actos no aumentan cuota por sí solos, pero sí reordenan el “tablero” de acceso bentónico: consolidan derechos territoriales de uso (bajo plan de manejo) y desplazan competencia hacia el cumplimiento (planes, vigilancia, trazabilidad), reduciendo espacio para extracción informal si hay fiscalización efectiva.

 

 Congreso: avanza la reforma a la Ley Lafkenche y se discute el “núcleo artesanal” de la nueva LGPA

 

El miércoles 10-12-2025, la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura del Senado continuó la tramitación del proyecto que modifica la Ley N° 20.249 (Ley Lafkenche) (boletín N° 15.862-21), votando indicaciones pendientes y dejando el texto en condición de ser despachado a Sala para su votación en particular. En el debate, se tomó como telón de fondo la decisión unánime de la CRUBC de Aysén (09-12-2025) que rechazó las solicitudes ECMPO “Cisnes” e “Islas Huichas”, y se insistió en “perfeccionar” criterios de admisibilidad, coherencia entre uso consuetudinario y superficie, y reglas para evitar paralizaciones prolongadas de otras actividades/solicitudes en tramitación.

 

En la misma jornada, la Comisión recibió al Subsecretario de Pesca, Julio Salas, por la implementación de la Ley N° 21.752 (nuevo fraccionamiento): expuso el trabajo de Subpesca para ajustar la “Nómina Nacional de Pesquerías”, medidas de habilitación de faenas para consumo humano (con foco en jurel, y referencias a jibia, reineta y merluza de cola) y el objetivo de “sincerar” actividad para reducir pesca ilegal y descarte, habilitando a embarcaciones con actividad reciente. También intervino INDESPA, con cifras de ejecución presupuestaria y líneas de fomento (infraestructura/equipamiento de caletas, AMERB, acuicultura de pequeña escala, comercialización y capacitación).

 

Finalmente, la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos de la Cámara de Diputadas y Diputados continuó el proyecto de Nueva Ley General de Pesca (boletín N° 16.500-21), iniciando la votación del Título IV (pesca artesanal): se aprobó la regla base de “libertad de pesca” con exigencia de inscripción en el Registro Pesquero Artesanal y se discutió la reserva de 5 millas para la actividad artesanal (con excepciones habilitables por resolución de Subpesca para ciertos recursos).

 

 Impacto: La semana deja dos señales políticas-regulatorias nítidas: (i) en Ley Lafkenche, el Congreso empuja un diseño más exigente en admisibilidad y más “administrable” frente a superposiciones (concesiones, caletas, AMERB, áreas protegidas), apuntando directamente al costo económico de la suspensión y a la trazabilidad de “uso consuetudinario” vs. superficie; y (ii) en la nueva LGPA, el debate se está anclando en el acceso real de la pesca artesanal (registro + 5 millas + excepciones), mientras la implementación del nuevo fraccionamiento (Ley 21.752) abre el flanco práctico: más cuota/participación no se traduce automáticamente en desarrollo sin capacidad de proceso, logística e inversión (el “cuello de botella” que quedó explicitado en la discusión).

 

 Gobernanza costera (ECMPO / Ley Lafkenche): CRUBC Aysén rechaza “Isla Huichas” y “Cisnes” (620 mil ha) tras repetición ordenada por la Corte Suprema

 

El 9 de diciembre de 2025, la Comisión Regional de Uso del Borde Costero (CRUBC) de Aysén votó y rechazó nuevamente dos solicitudes de ECMPO que buscaban administrar 620 mil hectáreas en la región (polígonos “Isla Huichas” y “Cisnes”). La votación se repitió luego de que la Corte Suprema ordenara rehacerla, manteniéndose el desenlace de rechazo, en un contexto de alta tensión territorial por los efectos proyectados en inversión/empleo y por el precedente para el volumen total de solicitudes ECMPO en trámite.

 

OPINIÓN MANRÍQUEZ Y CÍA: "La nueva votación en Aysén: la teleserie de los ECMPO sigue sumando capítulos.

 

Y la pregunta incómoda sigue siendo la misma: ¿estamos decidiendo bien cuando delimitamos más de 620 mil hectáreas de borde costero?

 

Cuando EL MERCURIO considero mi opinión sobre la Ley Lafkenche y la votación de más de 620 mil hectáreas en Aysén, destaqué algo que la Corte Suprema dejó claro: para rechazar un ECMPO no basta con invocar “estrategias regionales” u opiniones generales sobre desarrollo. Se exigen razones concretas, verificables y proporcionadas, sobre todo cuando se afectan derechos indígenas, actividades productivas y el uso del borde costero.

 

Esa reflexión se publicó cuando la nueva votación aún estaba en suspenso. Hoy, con el segundo rechazo de las solicitudes de ECMPO en Islas Huichas y Cisnes por parte de la CRUBC de Aysén, la pregunta obvia es si la administración estuvo a la altura de ese estándar.

 

Lo que hemos visto en estas semanas es una teleserie regulatoria en cámara lenta:

– solicitudes que cubren más de 620 mil hectáreas,

– un primer rechazo,

– una sentencia de la Corte Suprema que obliga a motivar mejor,

– una nueva sesión maratónica de la CRUBC,

– y otro rechazo, ahora con especial énfasis en la falta de acreditación de usos consuetudinarios y en el carácter “desproporcionado” de la superficie.

 

Más allá de estar a favor o en contra de estas solicitudes, el problema jurídico de fondo es otro: ¿cómo se justifica, con evidencia y criterios claros, que una superficie determinada es “excesiva”? ¿Cómo se ponderan, en un mismo expediente, derechos indígenas, protección ambiental, empleo y certeza para la inversión? ¿Qué tipo de motivación necesitamos para que estos casos no terminen siempre escalando a la Corte Suprema?

 

Lo que está ocurriendo en Aysén no es un caso aislado, forma parte de un mapa de más de cien solicitudes ECMPO a lo largo del país. La forma en que resolvamos este conflicto dirá mucho sobre la madurez de nuestro derecho administrativo, la aplicación de la Ley Lafkenche y la capacidad del Estado para arbitrar legítimamente entre intereses que son todos, a su modo, atendibles.

 

La teleserie sigue. La oportunidad está en que el siguiente capítulo no dependa solo de los tribunales, sino de decisiones administrativas mejor pensadas, mejor fundamentadas y más transparentes."

 

 

 Links a fuentes y documentos:

  

 

  1. Decreto que fija cuotas globales de captura 2026 para anchoveta y sardinahttps://www.subpesca.cl/portal/615/articles-128040_documento.pdf

  2. Decreto que fija cuota global 2026 para langostino amarillo, con reparto regional y cuotas de imprevistoshttps://www.subpesca.cl/portal/615/articles-128041_documento.pdf

  3. Resolución que autoriza operación todos los días a la flota de anchoveta y sardina de Ñuble – Biobío hasta fin de 2025https://www.subpesca.cl/portal/615/articles-128038_documento.pdf

  4. Resolución que exceptúa del cupo anual toneladas de huiro negro y huiro palo varadas por marejadas en Atacama (10‑12‑2025)https://www.subpesca.cl/portal/615/articles-128037_documento.pdf

  5. Resoluciones que designan miembros de los comités de manejo de huepo‑navajuela‑taquilla en Biobío y de recursos bentónicos en Arica‑Parinacota, con vacantes y periodos extraordinarios de postulación (11‑12‑2025) https://www.subpesca.cl/portal/615/articles-128060_documento.pdfhttps://www.subpesca.cl/portal/615/articles-128050_documento.pdf

  6. Noticia de Sernapesca Antofagasta sobre la ejecución de un fallo judicial por posesión ilegal de huiro negro, multas y clausura (10‑12‑2025)https://www.sernapesca.cl/noticias/sernapesca-antofagasta-cumplio-con-fallo-condenatorio-a-planta-transformadora-por-la-posesion-de-huiro-negro-extraido-ilegalmente/

  7. Ordenamiento productivo territorial. nuevas áreas de manejo bentónicas.

    https://www.subpesca.cl/portal/615/articles-128042_documento.pdf https://www.subpesca.cl/portal/615/articles-128043_documento.pdf   

  8. Comisión Senado:https://www.senado.cl/actividad-legislativa/comisiones/200/22195  https://www.senado.cl/actividad-legislativa/comisiones/200/22190

  9. Comisión Cámara: https://www.camara.cl/legislacion/comisiones/resultado_detalle.aspx?prmId=3319&prmIdSesion=81038

 
 
 

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